La Corte Suprema emitió su Informe sobre el Proyecto de Ley Marco de Cambio Climático

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El pasado 27 de julio de 2020, el Tribunal Pleno de la Corte Suprema emitió Informe [1] respecto el contenido del Proyecto de Ley Marco de Cambio Climático, en el cual presentó algunas observaciones a la propuesta de texto aprobada recientemente por la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado. Las observaciones de Pleno de la Corte Suprema refieren a los siguientes aspectos del proyecto de ley:

  1. La interposición de reclamación judicial en contra de normas de emisión de gases de efecto invernadero y la necesidad de otorgar claridad respecto el Tribunal Competente que deberá conocer dichas reclamaciones.

 

  1. En cuanto la reclamación judicial procedente contra la resolución que se pronuncie sobre la procedencia de un proyecto de reducción o absorción de emisiones de gases de efecto invernadero, el Tribunal Pleno precisa que la Ley N° 19.880 de Bases de procedimiento administrativo es aplicable supletoriamente en todo lo no regulado por la Ley Marco.

 

Cabe destacar que parte de los Ministros integrantes del Tribunal Pleno[2], observaron la necesidad de que las normas sobre participación ciudadana queden establecidas en la Ley Marco, con el objeto de hacer claridad y dar cumplimiento a lo suscrito en el Acuerdo de París del año 2015. Al respecto, un número importante de representantes de organizaciones ciudadanas y de la academia, hicieron presente ante la Comisión de Medio Ambiente y Bienes Nacionales del Senado la necesidad de fortalecer participación ciudadana en los instrumentos de acción climática.

[1] Artículo 77 de la Constitución Política de la República y el artículo 16 de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional.(Boletín N° 13.191-12).

[2]  Ministros señor Brito, señora Chevesich, señor Dahm, señora Repetto y señor Llanos.