Autores: Pilar Moraga, directora del Centro de Derecho Ambiental; Emilio Salinas, ayudante del Centro de Derecho Ambiental; Sofía Sameshima, asistente del Centro de Derecho Ambiental; y Claudio Osses, asistente del Centro de Derecho Ambiental.
Introducción
En el marco del seguimiento mensual de la implementación de la Ley 21.455 Marco de Cambio Climático (LMCC) realizada por estos autores, en el presente documento se analiza el estado de avance de la dictación de reglamentos, modificaciones reglamentarias y otros, que fueron ordenados por la LMCC.
Las novedades
Entre las novedades identificadas en materia de implementación de la LMCC podemos señalar las siguientes:
- Publicación de la Guía de Evaluación Estratégica en el Diario Oficial, la cual no fue sometida a consulta pública ni a la aprobación del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático (CMSCC)[1];
- Aprobación, por parte del CMSCC, de cuatro reglamentos o modificaciones[2] relacionados con doce artículos de la LMCC;
- Realización de consulta pública[3] de ocho reglamentos o modificaciones[4] relacionados con 16 artículos de la LMCC.
Respecto de este último punto cabe resaltar que solo tres de los reglamentos sometidos a consulta pública recientemente cuentan con un informe consolidado de las observaciones realizadas:
- Reglamento que fija el funcionamiento interno y las normas para la conformación del Comité Científico Asesor para el Cambio Climático[5];
- Modificación del reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), para la incorporación de la Ley Marco de Cambio Climático y el Acuerdo de Escazú[6];
- Reglamento que Establece Procedimientos Asociados a los Instrumentos de Gestión del Cambio Climático[7].
Al mismo tiempo, está pendiente la consulta pública de la dictación de seis reglamentos o modificaciones, relacionados con cuatro artículos de la LMCC:
- Reglamento que establece el procedimiento de elaboración, revisión y actualización de las Normas de Emisión de Gases de Efecto Invernadero y Forzantes Climáticos de Vida Corta;
- Reglamento que establece criterios, requisitos y procedimientos de los Certificados de Reducción o Absorción de Gases de Efecto Invernadero;
- Reglamento que establece las condiciones y requisitos que deben tener los Certificados de Reducción o Absorción de emisiones conforme objetivos del Acuerdo de París;
- Reglamento que establece los procedimientos de verificación, los requisitos mínimos e inhabilidades para la inscripción de un auditor en el Registro para la Verificación de Reducción o Absorción de Gases de Efecto Invernadero en proyectos aprobados;
- Reglamento que establece los requisitos, formalidades y características del Registro de Proyectos de Reducción o Absorción de Emisiones;
- Modificación del Reglamento del Registro de Emisión y Transferencia de Contaminantes.
En esta actualización observamos que 16 de los 23 reglamentos o realización de modificaciones ordenados por la LMCC han ingresado a la etapa de consulta pública, 12 han recibido pronunciamiento favorable por el CMSCC y solo 1 ha sido publicado en el Diario Oficial[8].
El estado de avance de la implementación de la LMCC
De acuerdo con lo expuesto en el punto anterior podemos resumir el actual estado de tramitación de los reglamentos y modificaciones reglamentarias, como aparece en el cuadro siguiente[9]:
Cuadro N° 1
El estado actual de los reglamentos y modificación de la LMCC[10]
Artículo |
Reglamento | Etapa de Consulta | Aprobación CMSCC |
Publicación en el Diario Oficial |
Art. 5. Reglamento que regula el procedimiento para modificar la Estrategia Climática a Largo Plazo | Reglamento que establece procedimientos asociados a los Instrumentos de Gestión de Cambio Climático. | ✔
Proceso abierto desde el 30.01.2023 al 01.03.2023[11]
|
✔
Aprobado en sesión extraordinaria N° 2 de 18 de mayo de 2023[12] |
✖[13]
|
Art. 7. Reglamento que regula el procedimiento para elaborar y actualizar la Contribución Determinada a Nivel Nacional, y actualizar la Estrategia Climática de Largo Plazo. | ||||
Art. 8. Reglamento que regula el procedimiento de elaboración, revisión y actualización de los Planes Sectoriales de Mitigación. | ||||
Art. 9. Reglamento que regula el procedimiento de elaboración, revisión y actualización de los Planes Sectoriales de Adaptación. | ||||
Art. 11. Reglamento que regula el procedimiento de elaboración, revisión y actualización de los Planes de Acción Regional de Cambio Climático. | ||||
Art. 13. Reglamento que regula el procedimiento de elaboración, revisión y actualización de los Planes Estratégicos de Recursos Hídricos en Cuencas, su monitoreo y reporte. | Reglamento que Establece el Procedimiento para la Elaboración, Revisión y Actualización, así como el monitoreo y reporte de los planes estratégicos de recursos hídricos en cuencas. | ✔
Proceso abierto desde el 09.12.2022 al 23.01.2023[14] |
✖[15] | ✖ |
Art. 14. Reglamento que establece el procedimiento de elaboración, revisión y actualización -además de su contenido- de las Normas de Emisión de Gases de Efecto Invernadero y Forzantes Climáticos de Vida Corta. | — | ✖ | ✖ | ✖ |
Art. 15[16]. Reglamento que establece criterios, requisitos y procedimientos de los Certificados de Reducción o Absorción de Gases de Efecto Invernadero. | — | ✖ | ✖ | ✖ |
Art. 15. Reglamento que establece las condiciones y requisitos que deben tener los Certificados de Reducción o Absorción de emisiones conforme objetivos del Acuerdo de París. | — | ✖ | ✖ | ✖ |
Art. 15. Reglamento que establece los procedimientos de verificación, los requisitos mínimos e inhabilidades para la inscripción de un auditor en el Registro para la Verificación de Reducción o Absorción de Gases de Efecto Invernadero en proyectos aprobados. | — | ✖ | ✖ | ✖ |
Art. 15. Reglamento que establece los requisitos, formalidades y características del Registro de Proyectos de Reducción o Absorción de Emisiones. | — | ✖ | ✖ | ✖ |
Art. 19. Reglamento que fija el funcionamiento interno y las normas para la conformación del Comité Científico Asesor para el Cambio Climático. | Reglamento que fija las normas para el funcionamiento interno y conformación del Comité Científico Asesor para el Cambio Climático. | ✔
Proceso abierto desde el 15.05.2023 al 02.06.2023[17] |
✖[18] | ✖ |
Art. 23. Reglamento sobre conformación y funcionamiento del Equipo Técnico Interministerial de Cambio Climático. | Reglamento que Establece la conformación y funcionamiento del Equipo Técnico Interministerial para el Cambio Climático y el Comité Climático para el Cambio Climático. | ✔
Proceso abierto desde el 16.01.2023 al 15.02.2023[19] |
✔
Aprobado en sesión extraordinaria N°2 de 18 de mayo de 2023[20] |
✖ |
Art. 24. Reglamento sobre conformación y funcionamiento de los Comités Regionales de Cambio Climático. | ||||
Art. 28. Reglamento que fija normas de funcionamiento del Sistema Nacional de Inventarios de Gases de Efecto Invernadero. | Reglamento que establece los sistemas de información sobre Cambio Climático. | ✔
Proceso abierto desde el 08.02.2023 al 10.03.2023[21]
|
✔
Aprobado en sesión ordinaria N° 4 de 02 de junio de 2023[22]
|
✖[23] |
Art. 28. Reglamento que fija las normas de elaboración de los Inventarios Regionales de Gases de Efecto Invernadero y Forzantes Climáticos de Vida Corta. | ||||
Art. 29. Reglamento que fija las normas de funcionamiento del Sistema Nacional de Prospectiva de Gases de Efecto Invernadero. | ||||
Art. 30. Reglamento que regula el Sistema de Certificación Voluntaria de Gases de Efecto Invernadero y uso del agua. | ||||
Art. 34. Modificación de la Norma General de Participación Ciudadana MMA. | Norma de participación ciudadana del MMA que establece modalidades formales y específicas en el marco de la Ley 20.500. | ✔
Proceso abierto desde el 12.05.2023 al 14.06.2023[24] |
✖ | ✖ |
Art. 40. Modificación del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. | Propuesta de reforma al reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, para la implementación de la LMCC, Acuerdo de Escazú, y la Ley que establece el marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje | ✔
Proceso abierto desde el 23.03.2023 al 25.04.2023[25] |
✔
Aprobado en sesión ordinaria N° 5 de 7 de julio de 2023[26] |
✖ |
Art. 41. Modificación del Reglamento del Registro de Emisión y Transferencia de Contaminantes. | — | ✖ | ✖ | ✖ |
Art. 43. Elaboración de guía de Evaluación Ambiental Estratégica. | Guía de Evaluación Ambiental Estratégica para incorporar el Cambio Climático en los Instrumentos de Ordenamiento y Planificación Territorial. | ✖ | ✖ | ✔
Publicado el 23.06.2023 |
Art. 46. Modificación del Reglamento del Consejo Nacional para la Sustentabilidad y el Cambio Climático y de los Consejos Consultivos del Medio Ambiente. | Modificación del Reglamento que regula el funcionamiento del Consejo Consultivo Nacional y los Consejos Consultivos Regionales de Cambio Climático. | ✔
Proceso abierto desde el 12.06.2026 al 17.07.2023[27] |
✖ | ✖
|
Consideración de las observaciones ciudadanas en las decisiones del CMSCC
Para el seguimiento de la implementación de la LMCC, parece relevante analizar el proceso de consulta ciudadana. En este marco, destaca la necesidad de contar con el documento consolidado de las observaciones formuladas en esta etapa como antecedente fundamental para la discusión y aprobación por parte del CMSCC. Al respecto, hemos podido constatar que este documento no siempre ha estado publicado de manera oportuna, tal como se puede observar en el cuadro N° 2.
Cuadro N° 2
Publicación de documento consolidado de las observaciones ciudadanas[28]
Reglamento |
Fecha de publicación del documento consolidado de participación ciudadana |
Aprobación CMSCC |
Reglamento que regula el procedimiento de elaboración, revisión y actualización de los Planes Estratégicos de Recursos Hídricos en Cuencas, su monitoreo y reporte | No se encuentra publicada, sin embargo, se obtuvo vía transparencia[29]. | — |
Reglamento que Establece la Conformación y Funcionamiento del ETICC, y de los CORECC | Pendiente. | 18 de mayo de 2023. |
Reglamento que Establece Procedimientos Asociados a los Instrumentos de Gestión del Cambio Climático | 30 de junio de 2023[30]. | 18 de mayo de 2023. |
Reglamento que establece los Sistemas de Información sobre Cambio Climático que indica | Pendiente[31]. | 2 de junio de 2023. |
Modificación del reglamento del SEIA, para la incorporación de la Ley Marco de Cambio Climático y el Acuerdo de Escazú. | 23 de junio de 2023[32]. | 7 de julio de 2023. |
Norma de Participación Ciudadana del MMA que establece modalidades formales y específicas en el marco de la Ley Nº 20.500. | Pendiente[33]. | — |
Reglamento que fija el funcionamiento interno y las normas para la conformación del Comité Científico Asesor para el Cambio Climático. | 16 de junio de 2023[34].
|
— |
Reglamento del Consejo Nacional para la Sustentabilidad y el Cambio Climático y de los Consejos Consultivos Regionales del Medio Ambiente. | Pendiente. | Pendiente. |
Los planes de adaptación y planes de mitigación vigentes
Pese a que gran parte de la reglamentación y modificaciones reglamentarias mandatadas por el legislador aún están en trámite, algunas regiones ya cuentan con planes de adaptación o de mitigación al cambio climático, en cumplimiento ex ante de lo reglamentado sobre Instrumentos de Gestión. Es bastante particular el caso de los Planes de Acción Regional que se encuentran vigentes, ya que estos fueron aprobados por los respectivos Consejos Regionales antes de la publicación del Reglamento respectivo, a modo de “pilotos”. Así, se encuentran actualmente aprobados y vigentes los siguientes Planes de Acción Regional:
- Región de Los Ríos, aprobado por el CORECC de la región el 11 de noviembre de 2022[35];
- Región de Los Lagos, aprobado por el CORECC de la región el 10 de febrero de 2023[36];
- Región del Libertador Bernardo O´Higgins, aprobado por el CORECC de la región el 16 de junio de 2023[37]; y
- Región de Atacama, aprobado por el CORECC de la región el 28 de julio de 2023[38].
Para recordar. Reglamentos, guías y modificaciones reglamentarias e implementación de la LMCC
A continuación, se identifican los reglamentos, guías y modificaciones reglamentarias necesarias para la completa implementación de la LMCC en un cuadro elaborado sobre la base de la tipología propuesta por el Ministerio del Medio Ambiente.
Cuadro N° 3:
23 reglamentos, modificaciones reglamentarias y otros mandatadas por la LMCC[39]
Tipo |
Artículo | Materia | Autoridad encargada |
Clasificación |
Reglamento Guía | Artículo 5 | Reglamento que regula el procedimiento para modificar la Estrategia Climática a Largo Plazo. | Ministerio del Medio Ambiente | Procedimentales |
Artículo 7 | Reglamento que regula el procedimiento para elaborar y actualizar la Contribución Determinada a Nivel Nacional, y actualizar la Estrategia Climática de Largo Plazo. | Ministerio del Medio Ambiente | ||
Artículo 8 | Reglamento que regula el procedimiento de elaboración, revisión y actualización de los Planes Sectoriales de Mitigación. | Ministerio del Medio Ambiente | ||
Artículo 9 | Reglamento que regula el procedimiento de elaboración, revisión y actualización de los Planes Sectoriales de Adaptación. | Ministerio del Medio Ambiente | ||
Artículo 11 | Reglamento que regula el procedimiento de elaboración, revisión y actualización de los Planes de Acción Regional de Cambio Climático. | Ministerio del Medio Ambiente | ||
Artículo 13 | Reglamento que regula el procedimiento de elaboración, revisión y actualización de los Planes Estratégicos de Recursos Hídricos en Cuencas, su monitoreo y reporte. | Ministerio de Obras Públicas | ||
Artículo 14 | Reglamento que establece el procedimiento de elaboración, revisión y actualización -además de su contenido- de las Normas de Emisión de Gases de Efecto Invernadero y Forzantes Climáticos de Vida Corta. | Ministerio del Medio Ambiente | Norma de emisión de GEI y FC | |
Artículo 15 | Reglamento que establece criterios, requisitos y procedimientos de los Certificados de Reducción o Absorción de Gases de Efecto Invernadero. | Ministerio del Medio Ambiente | Sistemas de compensaciones de GEI | |
Artículo 15 | Reglamento que establece las condiciones y requisitos que deben tener los Certificados de Reducción o Absorción de emisiones conforme objetivos del Acuerdo de París. | Ministerio del Medio Ambiente | ||
Artículo 15 | Reglamento que establece los procedimientos de verificación, los requisitos mínimos e inhabilidades para la inscripción de un auditor en el Registro para la Verificación de Reducción o Absorción de Gases de Efecto Invernadero en proyectos aprobados. | Ministerio del Medio Ambiente | ||
Artículo 15 | Reglamento que establece los requisitos, formalidades y características del Registro de Proyectos de Reducción o Absorción de Emisiones. | Ministerio del Medio Ambiente | ||
Artículo 19 | Reglamento que fija el funcionamiento interno y las normas para la conformación del Comité Científico Asesor para el Cambio Climático. | Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, suscrito, además, por el/la ministro/a del Medio Ambiente | Orgánicos | |
Artículo 23 | Reglamento sobre conformación y funcionamiento del Equipo Técnico Interministerial de Cambio Climático. | Ministerio del Medio Ambiente | ||
Artículo 24 | Reglamento sobre conformación y funcionamiento de los Comités Regionales de Cambio Climático. | Ministerio del Medio Ambiente | ||
Artículo 28 | Reglamento que fija normas de funcionamiento del Sistema Nacional de Inventarios de Gases de Efecto Invernadero. | Ministerio del Medio Ambiente | Sistemas de información | |
Artículo 28 | Reglamento que fija las normas de elaboración de los Inventarios Regionales de Gases de Efecto Invernadero y Forzantes Climáticos de Vida Corta. | Ministerio del Medio Ambiente | ||
Artículo 29 | Reglamento que fija las normas de funcionamiento del Sistema Nacional de Prospectiva de Gases de Efecto Invernadero. | Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, suscrito además por el/la ministro/a del Medio Ambiente | ||
Artículo 30 | Reglamento que regula el Sistema de Certificación Voluntaria de Gases de Efecto Invernadero y uso del agua. | Ministerio del Medio Ambiente | Sistema de compensaciones de GEI | |
Artículo 43[40] | Elaboración de guía obligatoria de Evaluación Ambiental Estratégica. | Ministerio del Medio Ambiente | – | |
Modificación | Artículo 34 | Modificación de la Norma General de Participación Ciudadana MMA. | Ministerio del Medio Ambiente | – |
Artículo 40 | Modificación del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. | Ministerio del Medio Ambiente | ||
Artículo 41 | Modificación del Reglamento del Registro de Emisión y Transferencia de Contaminantes. | Ministerio del Medio Ambiente | ||
Artículo 46 | Modificación del Reglamento del Consejo Nacional para la Sustentabilidad y el Cambio Climático y de los Consejos Consultivos del Medio Ambiente | Ministerio del Medio Ambiente |
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Notas
[1]Disponible en https://mma.gob.cl/wp-content/uploads/2022/08/Guia-de-Evaluacion-Ambiental-Estrategica-para-incorporar-el-Cambio-Climatico-en-Instrumentos-de-Ordenamiento-y-Planificacion-Territorial.pdf
[2] Estos son: (i) Reglamento que Establece Procedimientos Asociados a los Instrumentos de Gestión del Cambio Climático; (ii) Reglamento que Establece la Conformación y Funcionamiento del Equipo Técnico Interministerial de Cambio Climático, y de los Comités Regionales de Cambio Climático; (iii) Reglamento que establece los Sistemas de Información sobre Cambio Climático que indica; y (iv) Modificación del reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, para la incorporación de la Ley Marco de Cambio Climático y el Acuerdo de Escazú.
[3] Proceso de consulta de Anteproyecto del Consejo Nacional para la Sustentabilidad y el Cambio Climático y de los Consejos Consultivos Regionales del Medio Ambiente, disponible en https://mma.gob.cl/wp-content/uploads/2022/08/Guia-de-Evaluacion-Ambiental-Estrategica-para-incorporar-el-Cambio-Climatico-en-Instrumentos-de-Ordenamiento-y-Planificacion-Territorial.pdf
Proceso de consulta de Norma de Participación Ciudadana del Ministerio del Medio Ambiente que Establece Modalidades formales y específicas en el marco de la Ley N° 20.500, disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/portal/consulta/144
Proceso de consulta de Reforma al Reglamento al SEIA, para la implementación de la LMCC, Acuerdo de Escazú y la Ley que establece Marco para la Gestión de Residuos y la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje, disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/portal/consulta/141
Proceso de consulta del Reglamento que Establece los Sistemas de Información sobre Cambio Climático que indica, disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/portal/consulta/138
Proceso de consulta del Reglamento que Establece Procedimientos Asociados a los Instrumentos de Gestión del Cambio Climático, disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/portal/consulta/137
Proceso de Consulta del Reglamento que Establece la Conformación y Funcionamiento del Equipo Técnico Interministerial para el Cambio Climático y el Comité Regional para el Cambio Climático, disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/portal/consulta/136
Proceso de Consulta del Reglamento del Comité Científico Asesor de Cambio Climático, teniendo disponible su informe ejecutivo, en https://lookerstudio.google.com/u/0/reporting/d5131c85-23e4-4c1d-b07f-bf66fd52cf89/page/p_lrmulut36c?s=iL-lj4U3qf4
Proceso de Consulta del Reglamento regula el procedimiento de elaboración, revisión y actualización de los Planes Estratégicos de Recursos Hídricos en Cuencas, su monitoreo y reporte, la cual fue convocada en la siguiente página https://www.mop.gob.cl/direccion-general-de-aguas-invita-a-participar-en-consulta-publica-de-reglamentos-en-materias-de-gestion-e-informacion-hidrica/
[4] Estos son: (i) Reglamento que regula el procedimiento de elaboración, revisión y actualización de los Planes Estratégicos de Recursos Hídricos en Cuencas, su monitoreo y reporte; (ii) Reglamento que fija el funcionamiento interno y las normas para la conformación del Comité Científico Asesor para el Cambio Climático; (iii) Reglamento que Establece la Conformación y Funcionamiento del Equipo Técnico Interministerial de Cambio Climático, y de los Comités Regionales de Cambio Climático; (iv) Reglamento que establece procedimientos asociados a los Instrumentos de Gestión del Cambio Climático; (v) Reglamento que establece los Sistemas de Información sobre Cambio Climático que indica; (vi) Modificación del reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, para la incorporación de la Ley Marco de Cambio Climático y el Acuerdo de Escazú; (vii) Modificación de la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio del Medio Ambiente; y (viii) Modificación del Reglamento que regula el funcionamiento del Consejo Consultivo Nacional y los Consejos Consultivos Regionales de Cambio Climático.
[5] El consolidado de las observaciones ciudadanas realizadas para este reglamento fue solicitado mediante ley de transparencia por el equipo redactor de este análisis, pues no está disponible en plataformas de libre acceso. Sin embargo, es posible consultar el informe ejecutivo del “Proceso de consulta de Anteproyecto del Consejo Nacional para la Sustentabilidad y el Cambio Climático y de los Consejos Consultivos Regionales del Medio Ambiente” en: https://mma.gob.cl/wp-content/uploads/2022/08/Guia-de-Evaluacion-Ambiental-Estrategica-para-incorporar-el-Cambio-Climatico-en-Instrumentos-de-Ordenamiento-y-Planificacion-Territorial.pdf
El consolidado de observaciones ciudadanas se enumera a continuación:
- Proceso de consulta de Norma de Participación Ciudadana del Ministerio del Medio Ambiente que Establece Modalidades formales y específicas en el marco de la Ley N° 20.500, disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/portal/consulta/144
- Proceso de consulta de Reforma al Reglamento al SEIA, para la implementación de la LMCC, Acuerdo de Escazú y la Ley que establece Marco para la Gestión de Residuos y la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje, disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/portal/consulta/141
- Proceso de consulta del Reglamento que Establece los Sistemas de Información sobre Cambio Climático que indica, disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/portal/consulta/138
- Proceso de consulta del Reglamento que Establece Procedimientos Asociados a los Instrumentos de Gestión del Cambio Climático, disponible enhttps://consultasciudadanas.mma.gob.cl/portal/consulta/137
- Proceso de Consulta del Reglamento que Establece la Conformación y Funcionamiento del Equipo Técnico Interministerial para el Cambio Climático y el Comité Regional para el Cambio Climático, disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/portal/consulta/136
- Proceso de Consulta del Reglamento del Comité Científico Asesor de Cambio Climático, teniendo disponible su informe ejecutivo en https://lookerstudio.google.com/u/0/reporting/d5131c85-23e4-4c1d-b07f-bf66fd52cf89/page/p_lrmulut36c?s=iL-lj4U3qf4
- Proceso de Consulta del Reglamento regula el procedimiento de elaboración, revisión y actualización de los Planes Estratégicos de Recursos Hídricos en Cuencas, su monitoreo y reporte, la cual fue convocada en la siguiente página https://www.mop.gob.cl/direccion-general-de-aguas-invita-a-participar-en-consulta-publica-de-reglamentos-en-materias-de-gestion-e-informacion-hidrica/
[6] Disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/storage/records/0g5X5O852WwR20UNurTA3LHGsOq31kXsKdVc9I2g.xlsx
[7]Disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/storage/records/HsieWwU6sTCulDpA6upPAxFe6XcQemsDF6fTJjbb.xlsx
[8] Cabe destacar que no todos los reglamentos en tramitación se han sometido al pronunciamiento del CMSCC.
[9] El análisis contempla las siguientes etapas de tramitación: 1. Diseño reglamentario y elaboración de un anteproyecto, 2. Participación y consulta ciudadana, 3. Aprobación del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y Cambio Climático, 4. Toma de razón de la Contraloría General de la República y 5. Publicación en el Diario Oficial.
[10] Elaboración propia.
[11] Los observantes se dividieron en ocho personas jurídicas y nueve personas naturales. Dentro de las personas jurídicas encontramos las siguientes: CLG-Chile, Líderes Empresariales por la Acción Climática, Consejo Minero de Chile AG, Corporación Chilena de la Madera AG (Corma), Gobierno Regional del Biobío, Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, ONG FIMA, Sociedad de Fomento Fabril F.G. (Sofofa), y World Wildlife Fund INC (WWF).
[12] Acta disponible en https://mma.gob.cl/wp-content/uploads/2023/06/Acuerdo-12-2023.pdf
[13] El reglamento fue ingresado a trámite de toma de razón el 14 de junio de 2023. A la fecha, sigue en trámite.
[14] El total de observantes (45) puede dividirse de la siguiente manera: 29 personas naturales (sociedad civil, ciudadanos, estudiantes, académicos) y 16 personas jurídicas o cualquier tipo de asociación (empresas privadas, empresas del Estado, servicio público, ONG, asociaciones gremiales, comunidades indígenas). La información anterior fue recibida tras solicitarla vía transparencia a la Dirección General de Aguas el 4 de agosto de 2023. La identidad de los observantes no se puede determinar, más allá del área de la sociedad de la cual se trata.
[15] Este reglamento fue ingresado a trámite de toma de razón, pero no pasó por la etapa de aprobación del CMSCC.
[16] Si bien no se constata por estos autores que se haya ordenado por medio de este artículo de la LMCC un reglamento, a la fecha existe un ingreso de reglamento del Ministerio del Medio Ambiente al trámite de toma de razón en la Contraloría titulado “Aprueba Reglamento de Proyectos de Reducción de Emisiones de Contaminantes para compensar emisiones gravadas conforme a los dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 20.780”, el cual busca regular la parte tributaria de algunos de los elementos mencionados en el artículo 15 de la LMCC.
[17] El 30 de junio de 2023, la División de Políticas Públicas del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación publicó el resumen ejecutivo del proceso de consulta señalado, disponible en https://lookerstudio.google.com/s/iL-lj4U3qf4. En este se vislumbra que los observantes se dividieron en una organización sin personalidad jurídica y 19 personas naturales.
[18] Se constata que este reglamento fue ingresado a trámite de toma de razón en la Contraloría el 14 de junio de 2023, pero sin pasar por la etapa de aprobación del CMSCC, siendo, posteriormente, retirado. La jefa de la división jurídica de la Subsecretaría del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, Adriana Silva, solicitó, el 31 de julio de 2023, retirar el Decreto Supremo N° 15 de 9 de junio de 2023 del mismo ministerio “para efectos de hacer correcciones al texto respectivo”.
[19] Los observantes se dividieron en trece personas jurídicas y once personas naturales. Dentro de las personas jurídicas encontramos las siguientes: Agrupación Ambiental y Cultural Futa Lawal Mapu, Comisión Nacional de Riego, Comunidad Ancestral Mapuche Huilliche, Comunidad Ancestral Lof Pascual Huanel, Corporación Chilena de la Madera AG (Corma), Fundación Inteligencia para la Gestión del Riesgo de Desastres (IGRD), Gobierno Regional de Antofagasta; Gobierno Regional del Biobío; Gobierno Regional del Libertador Bernardo O´Higgins, Gobierno Regional Metropolitano de Santiago; ONG FIMA, Sociedad de Fomento Fabril F.G. (Sofofa), World Wildlife Fund INC (WWF) y CLG-Chile Líderes Empresariales por la Acción Climática.
[20] Acta disponible en https://mma.gob.cl/wp-content/uploads/2023/06/Acuerdo-13-2023.pdf
[21] Los observantes se dividieron en siete personas jurídicas y tres personas naturales. Dentro de las personas jurídicas encontramos las siguientes: Sociedad de fomento Fabril F.G., Gobierno Regional del Libertador Bernardo O´Higgins, Universidad de Chile FEN CLG Chile Líderes Empresariales por la Acción Climática, Ministerio de Bienes Nacionales, ONG FIMA, Corporación Chilena de la Madera AG (Corma), Aguas Andinas S.A.
[22] Acta disponible en https://mma.gob.cl/wp-content/uploads/2023/03/Acuerdo-14-2023.pdf
[23] Este reglamento fue ingresado a trámite de toma de razón ante la Contraloría el 14 de junio de 2023. Sin embargo, fue retirado el 29 del mismo mes a solicitud de Ariel Espinoza, jefe de la División Jurídica del Ministerio del Medio Ambiente. No se indicaron las razones del retiro.
[24] Los observantes se dividieron en siete personas jurídicas y doce personas naturales. Dentro de las personas jurídicas encontramos las siguientes: Eelaw Medio Ambiente y Energía Asesorías Legales Ltda., Consejo Minero A.G., Consejo Consultivo Región de O´Higgins, Cámara Chilena de la Construcción, Consejo Consultivo Seremi de Medio Ambiente del Biobío, Consejo Consultivo Sociedad Nacional de Minería.
[25] Los observantes se dividieron en 27 personas jurídicas y 56 personas naturales. Dentro de las personas jurídicas encontramos las siguientes: Aguas Andinas S.A., ANIR A.G., Anglo American Sur S.A., Asociación de la Industria del Salmón de Chile A.G. SalmonChile, Asociación de Transmisoras de Chile A.G., Asociación Gremial de Generadoras de Chile, Cámara Chilena de la Construcción, CLG Chile Líderes Empresariales por la Acción Climática, Codelco, Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), Consejo del Salmón A.G., Consejo Minero de Chile AG, Corporación Resistencia socioambiental Quilicura, Empresa Nacional del Petróleo (ENAP), Empresas CMPC S.A., Energía Latina S.A. (Enlasa), Fundación Terram, GNL Quintero S.A., Gobierno Regional Metropolitano, Inversiones Bosquemar SpA Consorcio Eólico, Laiz y Asociados Ltda., Ministerio de Obras Públicas, ONG FIMA, Sociedad de Fomento Fabril F.G. (Sofofa), Sociedad Nacional de Minería (Sonami), Urbaser Chile KDM Empresas, Volta Servicios SpA Volta Chile.
[26] Acta disponible en https://mma.gob.cl/wp-content/uploads/2023/07/Acuerdo-18-2023.pdf
[27]Los observantes se dividieron en dos asociaciones y cuatro personas naturales. Dentro de las asociaciones encontramos las siguientes: Consejo Consultivo Regional del Medio Ambiente Región del Biobío y Consejo Consultivo Regional del Medio Ambiente Región de Aysén. Sin embargo, una persona natural presentó observaciones en representación de una entidad.
[28] Elaboración propia.
[29]Un consolidado de las observaciones ciudadanas fue recibido tras solicitarla por vía de transparencia a la Dirección General de Aguas, en fecha 4 de agosto de 2023.
[30] Disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/storage/records/HsieWwU6sTCulDpA6upPAxFe6XcQemsDF6fTJjbb.xlsx
[31] Disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/storage/records/kTpuOrSwhuJSp9R3GFzRgFsuJVvfJuWXhVEWeOEa.pdf
[32] Disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/storage/records/0g5X5O852WwR20UNurTA3LHGsOq31kXsKdVc9I2g.xlsx
[33] Disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/storage/records/UpphSYVAkv3rceNqpac7ZLNyegZl7BHgC8CiaVA0.pdf
[34] El consolidado de observaciones y respuestas fue obtenido tras una solicitud vía Ley de Transparencia, ya que no se encontraba disponible en línea. Disponible en https://lookerstudio.google.com/reporting/d5131c85-23e4-4c1d-b07f-bf66fd52cf89/page/p_lrmulut36c?s=iL-lj4U3qf4
[35] Disponible en https://www.goredelosrios.cl/wp-content/uploads/2023/02/PARCC_Los-Rios_CORECC-Los-Rios.pdf
[36] Disponible en https://cambioclimatico.mma.gob.cl/wp-content/uploads/2023/05/Resolucion-aprobacion-PARCC-Los-Lagos-2023_.pdf
[37] Disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/storage/consultation/10TUtXfr8efS7KFoauSkVloVzJd9DX1kShHxFmH4.pdf
[38] Disponible en https://consultasciudadanas.mma.gob.cl/storage/consultation/W8td0dMWo1zQS3JBIKAupl2lH45pgkvMy1ycLpcf.pdf
[39] Elaboración propia.
[40] Se hace la precisión que a pesar de que la norma ordena la creación de una “guía obligatoria” y no un reglamento, el Ministerio del Medio Ambiente en sus presentaciones sobre los procesos reglamentarios de la LMCC, se refiere a esto como una “modificación del reglamento de la Evaluación Ambiental Estratégica” (véase https://www.google.com/url?q=https://cambioclimatico.mma.gob.cl/wp-content/uploads/2022/08/2022-07-28-Reglamentos-Ley-Marco-de-Cambio-Clima%25CC%2581tico.pdf&sa=D&source=editors&ust=1689096363509092&usg=AOvVaw1iN0eCm4aLxab6F2p1sfBw).